Justicia: El gerente de un lolo condenado a 1800 euros de multa por no haber declarado a dos empleados

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El gerente de un lolo en Grand Case fue convocado este jueves 20 de septiembre por la mañana ante el tribunal correccional de Saint-Martin por actos de trabajo ocultos en reincidencia y por no poner a disposición el registro de personal.

El 30 de noviembre de 2016, a solicitud del fiscal, se realizaron controles en los lolos. Revelan que CJ, de 47 años, que reabrió su restaurante un mes antes, no ha firmado un contrato ni ha declarado a URSSAF dos de sus diez empleados. Los investigadores tampoco logran encontrar el registro de personal durante la inspección.

Ausente de la isla ese día, CJ fue escuchado a su regreso y dos veces por los gendarmes. En la primera audiencia, presentó el registro, considerado "guardado incorrectamente" por los investigadores y que aparentemente estaba en la oficina del contador. En cuanto a los dos empleados no declarados, indica que su regularización está en progreso y rechaza la responsabilidad de su contador a quien dice haber confiado todas las tareas administrativas. En su segunda audiencia, el 12 de diciembre de 2016, presentó los contratos de los dos empleados en cuestión, redactados en noviembre de 2016 y las declaraciones de URSSAF del 8 de diciembre de 2016.

"Usted es un gerente, es responsable de declarar a sus empleados ante la URSSAF antes de que sean contratados y de establecer su contrato de trabajo", dijo el presidente del tribunal. Sobre todo porque CJ ya ha sido condenado tres veces, incluidas dos por delitos similares en 2004 y 2013 y, por lo tanto, es un reincidente. Luego, al tribunal le resulta difícil imaginar que podría ignorar sus obligaciones.

El abogado defensor destaca que de los diez empleados de CJ, “ocho tienen contrato de trabajo. Todo firmado el 21 de octubre de 2016 con declaración previa a la contratación ”. “Hay dos dificultades”, admite. Pero es, según ella, un "error", o incluso un "simple retraso". Ella le pide a la corte que no acepte la naturaleza intencional del delito. El tribunal declara culpable a CJ y lo condena a una multa extracontractual de 1500 euros y otra, por infracción, de 300 euros.

(Más detalles en www.soualigapost.com)

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