TRIBUNAL: Un individuo condenado a seis meses de prisión suspendida por haber amenazado de muerte a un empleado de CAF

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Un hombre de 54 años fue condenado ayer por el tribunal local de Saint-Martin a seis meses de prisión por haber proferido amenazas de muerte contra un agente de la Caja de Asignaciones Familiares (CAF).

“¿Por qué me suspendieron mis derechos? Volveré con un machete. Voy a volarte la cabeza. Voy a quemar la CAF”, dijo ante varios agentes de la CAF de Saint-Martin y, en particular, contra ES, agente de acogida desde hace dieciséis años. Estos graves hechos se remontan al 3 de enero de 2023. Ese día, AR nacido el 29 de agosto de 1969 en Saint-Georges (Saint-Christophe-and-Nevis) y que ahora reside en el lado holandés se presentó muy enojado ante la CAF. Desde hace varios meses, el propietario de este apartamento ve sus derechos suspendidos por parte de la CAF y su inquilino ya no paga el alquiler. Rápidamente el tono subió y este último amenazó a un empleado de CAF, acostumbrado a ayudar a la gente y a no ser amenazado de muerte.

Varios compañeros de trabajo hicieron lo mejor que pudieron para que el individuo amenazador abandonara el local. Ante la gravedad de los hechos, AR fue interrogada por un policía judicial. Negó los cargos que se le imputaban y se negó a firmar su informe.

 

Una víctima todavía traumatizada...

Convocado ayer a comparecer ante el tribunal, AR no compareció ante el tribunal. No obstante, el tribunal decidió juzgar el caso. La víctima presente se ha convertido en parte civil. ES explicó a la presidenta del tribunal, Françoise Mariaux, que temía por su vida y que estaba en psicoterapia desde aquel famoso 3.  Enero de 2023. Por su parte, el fiscal Yann Burnichon lamentó la ausencia del acusado. Le impuso una pena de prisión suspendida de seis meses y le ordenó pagar daños y perjuicios a su víctima. Tras deliberar, el tribunal condenó a AR por los hechos que se le imputan. Recibió una pena de prisión suspendida de seis meses. También deberá indemnizar a ES con la cantidad de 480 euros por daños materiales, 1000 euros por daño moral y 1000 euros en virtud del artículo 475-1 del Código de Procedimiento Penal. _AF

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fuente:

Faxinfo: https://www.faxinfo.fr/

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