Sociedad: fallo judicial ordena a los huelguistas que no bloqueen el acceso a COM y CTOS

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Tras los bloqueos de acceso a la COM y la cocina central por parte de agentes de huelga y otros manifestantes, la Comunidad y el CTOS se habían apoderado del juez el 14 de marzo para que les ordenara a los huelguistas y otros manifestantes liberar el acceso para sitios y  para no perturbar el funcionamiento de los servicios públicos.

Nicole Javois había sido blanco de los procedimientos sumarios en su calidad de representante de la UGTG en Saint-Martin. En defensa, esta última declaró que "no estaba preocupada por la ocupación", que "no había pruebas de su presencia o de su participación en la ocupación del dominio público [de la COM y el CTOS] o para manifestaciones como huelga [no se llevó a cabo] "en el archivo de la COM o el CTOS. También señaló a la corte que el COM y el CTOS "se abstuvieron de indicar que están en el origen del conflicto porque, de acuerdo con un memorando de entendimiento del 12 de julio de 2018, hicieron promesas de empleo que se ha demostrado que son falaces, que han optado por no resolver el conflicto, abandonar la mediación propuesta y finalmente rechazar la propuesta para poner fin al conflicto ”. Además, Nicole Javois subraya que "el acceso del CTOS y la comunidad es gratuito".

Por su parte, el COM proporcionó informes de agentes judiciales que establecen el bloqueo del acceso a la cocina central y al COM, en particular por parte de agentes de UGTG.

El juez en el proceso sumario considera que si los locales del CTOS y COM "no están ocupados permanentemente, están sujetos a bloqueos ocasionales llevados a cabo por funcionarios públicos tras el movimiento de huelga lanzado por la UGTG", quienes "impiden o disuaden a cierto personal no llamativo de ir a su puesto de trabajo, comprometiendo el funcionamiento regular de los servicios". El juez también especificó en su orden que Nicole Javois no presentó ningún documento que acredite lo contrario, es decir, el acceso a dichos sitios es gratuito como ella afirma.

Por lo tanto, el juez en procedimientos sumarios ordena al secretario de la sección de la UGTG en Saint-Martin y a todas las personas que ocupan o bloquean el acceso a la sede de la COM, los locales de la cocina central y otros locales. de la COM, para poner fin a esta ocupación y para acceder libremente a estos sitios. Ordenó una multa de 300 euros por persona por día de retraso.

Por otro lado, el juez administrativo rechazó la solicitud del COM de autorizarlo a recurrir a la policía para expulsar a las personas que no respetarían dicha decisión porque no está dentro de su competencia y competencia.

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