Economía: ¿A cuánto ascienden las dietas de los funcionarios recién elegidos?

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Un representante electo recibe asignaciones para compensar a tanto alzado la reducción de sus actividades personales y/o profesionales y para cubrir parcialmente los gastos de funcionamiento inherentes al ejercicio de su mandato.

El monto mínimo y referencial de esta indemnización está regulado por ley. Se fija como un porcentaje del monto correspondiente al índice bruto terminal de la función pública del Estado.

A partir del 1 de abril de 2022, el importe mínimo es de 3 euros, es decir, 889 euros más que en 40. 

A partir de esta base, el código general de las corporaciones locales determina el cálculo de la indemnización por función, aplicándose aumentos a determinadas funciones.

Los funcionarios recién elegidos deberán votar, dentro de los tres meses siguientes a su elección, los montos de su remuneración. Los 23 miembros del consejo territorial de Saint-Martin los adoptaron en sesión plenaria el viernes pasado y decidieron aplicar la cantidad mínima.

La asignación de un asesor territorial

Según la ley orgánica, la asignación mensual de un consejero territorial corresponde al 50% de la cuantía del índice bruto, es decir, 1 euros (944,70 x 0,5).

La asignación de un miembro del consejo ejecutivo

Según la ley orgánica, la asignación mensual de un miembro del consejo ejecutivo es la de un consejero territorial incrementada en un 10%, o 2 euros.

La indemnización de un vicepresidente

Según la ley orgánica, la asignación mensual de un vicepresidente en delegación es la de un consejero territorial incrementada en un 40%, o 2 euros.

Asignación del presidente

Según la ley orgánica, la asignación mensual del presidente corresponde a la cuantía del índice básico incrementada en un 45%, es decir, 5 euros.

Las 23 indemnizaciones suponen un coste de 51 euros.

La ley orgánica establece que el consejo territorial puede reducir el importe de las dietas que asigna a sus miembros en función de su participación en los plenos, las reuniones de las comisiones de las que son miembros y las reuniones de las organizaciones en las que representan la comunidad, sin que esta reducción pueda exceder, para cada uno de ellos, de la mitad de la indemnización máxima que se les pueda imputar.

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fuente:

Faxinfo: https://www.faxinfo.fr/

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