NEGOCIO TURÍSTICO: ¡Declarar su alojamiento turístico amueblado es una obligación legal!

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De conformidad con la legislación vigente en el territorio, toda persona que alquile un alojamiento turístico amueblado, tal como se define en el artículo D 351-1 del Código de Turismo de Saint-Martin, deberá haber realizado previamente una declaración a la Comunidad de Saint-Martin por correo. y electrónicamente en la dirección: dev.eco@com-saint-martin.com

En efecto, cualquier beneficio económico relacionado con un alquiler turístico del tipo AIRBNB está sujeto a imposición en el territorio de la Comunidad.

  ¿Qué riesgo tiene la empresa de alquiler en caso de no declaración de su alquiler turístico?

De conformidad con el artículo D 351-5 del Código de Turismo de Saint-Martin, "toda persona que alquile un alojamiento turístico amueblado y no respete la obligación de informar prevista en el artículo 351-2 será castigada con las sanciones enumeradas en las multas de tercera clase".

La Colectividad de Saint-Martin invita a alquilar a las personas que han amueblado alojamiento turístico para cumplir con sus obligaciones de presentación de informes. Los controles periódicos se llevan a cabo por servicios especializados.

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fuente:

Faxinfo: https://www.faxinfo.fr/

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