COM: Solicitud de compensación de cargos, la decisión fue deliberada dentro de dos semanas

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En el caso de la compensación social para la Colectividad de Saint-Martin, la audiencia del 20 de febrero de 2020 fue nuevamente objeto de un debate solicitado por el tribunal.

Las conclusiones del Relator Público concluyeron con el mismo propósito: o la solicitud de la comunidad es inadmisible porque el decreto interministerial del 22 de abril de 2011 ahora es definitivo, o debe admitirse porque produce efectos anualmente y en este caso , la demanda de la Comunidad se reducirá en los años prescritos.

La comunidad ha mantenido su posición: tiene el derecho constitucional y convencional de recibir las asignaciones que deben compensar la transferencia de poderes, en el marco de la ley orgánica del 21 de febrero de 2007. Sin embargo, la institución señaló que las estadísticas que se usaron como base para calcular la asignación para la compensación social son incorrectos. El efecto es que el monto de esta dotación es de 652 euros por año, mientras que es una suma de 212 euros que debe recaudarse cada año desde 7. Ninguna jurisprudencia administrativa puede permitir que se discuta un principio de valor constitucional, como la compensación por la transferencia de cargos.

De lo contrario, sería el principio de igualdad de todos ante los cargos públicos lo que luego sería ignorado. La Colectividad de Saint-Martin también solicita la revisión de los métodos de cálculo de la asignación (DGC). 

La decisión fue puesta en conocimiento en dos semanas.

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