Cargos sociales: la exención es posible pero bajo ciertas condiciones

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En su presentación la semana pasada de la enmienda número 1382 relativa a la exención de impuestos sobre la nómina para las empresas en San Martín y San Bartolomé en virtud de la Ley de Financiación de la Seguridad Social (LFSS), el Ministro Agnes Buzyn tomó un atajo para explicar el contenido de estas nuevas medidas que crea confusión. Aclaraciones

El LFSS menciona, por un lado, que el abandono puede ser parcial pero en adelante también total, por otro lado, que puede ser solicitado por "los empleadores del esquema general y el esquema agrícola y los trabajadores por cuenta propia y los agricultores" en el siempre que "justifiquen una caída en su facturación importante y duradera directamente atribuible a eventos climáticos excepcionales".

El contribuyente que desee beneficiarse del sistema debe proporcionar un certificado de su facturación, cuyo modelo se fijará por decreto; el abandono se otorgará solo si la prueba de una caída en el volumen de ventas es "probada, significativa y manifiestamente correlacionada con las consecuencias del huracán". (fuentes: www.soualigapost.com)

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